Después de diez años sin dar respuesta a los familiares de las víctimas, el Tribunal Oral Penal N°1 de Capital, integrado por los doctores Raúl Juan Carlos Guerín como presidente y Cynthia Teresita Godoy Prats y Ana del Carmen Figueredo como vocales mediante sentencia N°246/22 declaró culpables del delito de “Supuesto Estrago culposo agravado por poner en peligro de muerte a alguna persona y causar la muerte de alguna persona” y condenó a Marcelo Mayer y a Walter Brusquetas a 3 años de prisión en suspenso. Si leyó bien “EN SUSPENSO”.
Este vergonzoso fallo desnuda otra vez la crisis y corrupción enquistada del Ministerio Publico y la justicia correntina cuando tiene que enjuiciar a poderosos de la Provincia de Corrientes. La igualdad ante la ley es solo un slogan, la realizad es que si tenés plata zafas. Ese es el mensaje y los jueces hablan por sus fallos, esto grita este fallo por la demora que ya no es justicia por los diez años, se burlan de los familiares y amigos de las victimas dándole tres años en suspenso por ocho muertos y ningún responsable preso. Porque es suspenso significa que no te dan cárcel efectiva por tu condena.
El derrumbe ocurrió en marzo de 2012 cuando una losa del octavo piso se vino abajo mientras en el lugar trabajaban más de diez obreros, ocho de los cuales fallecieron, en el edificio en construcción ubicado por calle San Martín al 600 de Corrientes capital.
Que sucedió en el juicio
Este 17 de octubre se realizó la última audiencia del juicio que comenzó en marzo y donde declararon más de 50 testigos entre peritos, familiares, profesionales y autoridades municipales comenzó a las 17.15 cuando el presidente del tribunal, doctor Raúl Juan Carlos Guerín dio la posibilidad a los imputados a dirigirse por última vez a los magistrados. Todos se abstuvieron de hablar, por lo que tres minutos más tarde se pasó a un cuarto intermedio hasta las 19.40 que se comenzó a leer el veredicto.
A las 19.45 se pasó a un cuarto intermedio para desalojar la Sala por disturbios que se generaron. A las 19.54 el presidente del Tribunal continuó con la lectura de la sentencia.
Los fundamentos serán leídos el lunes 24 de octubre a las 18 horas.
Indemnizaciones por Daños Patrimoniales y No patrimoniales
El reclamo indemnizatorio por daños patrimoniales y extra patrimoniales, fue de la mano de la acción penal durante el juicio y por ello los vocales del TOP N°1 debieron también decidir sobre este punto.
La primera querella, que representó a los padres de Medina responsabilizó civilmente a Walter Bruquetas, a la firma Brusquetas y Cohen y a la empresa DOTHRE S.A.
El Tribunal de Juicio rechazó el reclamo hacia la empresa DOTHRE S.A y condenó a Walter Bruquetas y a la firma Brusquetas y Cohen a abonar la suma de 1 millón 349,995 mil pesos con 19 centavos por Daños Patrimoniales y No Patrimoniales más los intereses de tasa activa segmento 1 del Banco de Corrientes, desde el momento del hecho hasta el efectivo pago.
Con respecto a la indemnización reclamada a Mayer, Brusqueta y la empresa Brusqueta y Cohen SRL por Haydeé Riveros y su hijo menor de edad, el TOP N° 1 hizo lugar parcialmente a lo reclamado y estableció que se le deberá abonar 15 millones de pesos más los mismos intereses y en la misma modalidad que en el caso anterior.
Con respecto a la indemnización de María Rosa Urbina le deberán abonar solidariamente Mayer, Brusquetas y la empresa Brusqueta y Cohen SRL la suma de 10 millones de pesos en la modalidad e interés citados anteriormente.
Con respecto a la indemnización de Ramona Margarita Báez le deberán abonar solidariamente Mayer, Brusquetas y la empresa Brusqueta y Cohen SRL la suma de 15 millones de pesos, en igual modalidad e intereses.
Solicitud de las partes
El fiscal de juicio, había solicitado 4 años de prisión efectiva para Marcelo Javier Mayer por ser el responsable principal de la obra, ya que era el director general; 3 años en suspenso para el ingeniero Walter Brusquetas y la absolución de Carlos Valenzuela.
Por su parte, la querella que representó a Juana Pérez y Zacarías Medina, padres de Pablo Medina, un joven obrero que falleció en el hecho, pidió 5 años de prisión para Brusquetas y Valenzuela y no acusó a Mayer.
La querella que representó a Haydeé Riveros, su hijo menor de edad, Ramona Báez y Alicia Ojeda solicitó 20 años de prisión para Mayer y Brusquetas y 5 años para el capataz.
La asesora de Menores N°4 doctora Fanny Romano, en representación de los hijos de los fallecidos, coincidió con el pedido de la fiscalía en lo que tiene que ver con la causa penal y estuvo de acuerdo con las querellas en lo relacionado a las acciones civiles. Las querellas solicitaron distintos montos indemnizatorios.
Los tres defensores, el abogado particular doctor Julio Leguizamón en representación a Marcelo Mayer, la defensora Oficial Penal N°2, doctora María Marta Correa en representación a Walter Bruquetas y el defensor Oficial Penal N°1, doctor José Nicolás Baez en representación a Carlos Valenzuela pidieron la absolución de sus defendidos por considerar, con diferentes argumentos, que no les cabía responsabilidad en lo sucedido.
Lo mismo hizo el abogado que representó a la accionada civil, DOTRHE SRL, finalmente absuelta de abonar indemnización.
Fuentes: Parte Prensa del STJ / Declaraciones Dr. Cubilla Podenta.